De Care Group Limited Liability Company and Partners Limited Joint-Stock Partnership, KRS 0001175365, NIP 118-003-23-72, Juzgado de Distrito de la Ciudad Capital de Varsovia, 14.º Departamento Comercial, con domicilio social en 05-152 Czosnów, Pieńków 147.

I. DEFINICIONES

Los términos utilizados en estas Condiciones Generales de Compra tienen el siguiente significado:

1. GTCP Estas Condiciones Generales de Compra, junto con todos sus anexos y modificaciones, en la versión aplicable en la fecha de celebración del Contrato de Suministro.
2. Parte que realiza el pedido De Care Group Limited Liability Company and Partners Limited Joint-Stock Partnership, KRS 0001175365, NIP 118-003-23-72, Tribunal de Distrito de la Ciudad Capital de Varsovia en Varsovia, 14th Departamento Comercial con domicilio social en 05-152 Czosnów, Pieńków 147
3. Proveedor Un empresario que sea parte del contrato de compraventa o suministro celebrado con la Parte Compradora.
4. Acuerdo Un contrato de compraventa o suministro celebrado entre la parte compradora con base en las Condiciones Generales de Venta y cuyo objeto son los bienes.
5. Bienes Alimentos, materias primas y componentes para la producción de alimentos.
6. Propiedad intelectual La propiedad intelectual exclusiva de la Parte Compradora de todo tipo, esté o no registrada, que sea propiedad de la Parte Compradora y utilizada por ella o bajo licencia por ella, incluyendo, entre otros, recetas, patentes, marcas comerciales, marcas no registradas, diseños, derechos de autor, conocimientos técnicos, creaciones e invenciones, derechos morales, fondo de comercio y conocimientos técnicos.

II. DISPOSICIONES GENERALES

  1. Las Condiciones Generales de Venta se aplicarán a todos los pedidos realizados por el Cliente al Proveedor, cuyo objeto sea la venta o el suministro de Bienes, respectivamente.
  2. El comprador realiza un pedido al proveedor, cuyo número debe constar en todos los documentos relacionados con la venta o el suministro de bienes, es decir, la confirmación del pedido, la notificación de suministro, la factura, la confirmación de salida de existencias y todos los demás documentos relativos a la transacción en cuestión.
  3. El Proveedor deberá confirmar por escrito la aceptación de cada pedido en un plazo de tres días a partir de su recepción. Se considerará confirmación por escrito cualquier documento en formato de texto, especialmente en papel o su escaneo, fax o correo electrónico, enviado por el Proveedor al Cliente. La aceptación del pedido implica la aceptación de las Condiciones Generales de Venta (CGV). En el caso de Proveedores con los que el Cliente mantenga una relación comercial permanente, la falta de confirmación por escrito del Proveedor en el plazo mencionado se interpretará como la aceptación tácita por parte del Proveedor del pedido para su ejecución en los términos especificados en el mismo y de conformidad con las CGV.
  4. El Proveedor está autorizado a utilizar la Propiedad Intelectual del Comprador únicamente en la medida en que le haya sido transferida y solo para los fines y durante la vigencia de la Orden de Compra, bajo pena de pagar una penalización contractual equivalente a 10 veces el valor de la Orden de Compra.

III. CALIDAD

  1. Al ejecutar el pedido, el Proveedor está obligado a:
    • cumplir con las recetas, ingredientes y condiciones de fabricación de los Productos que sean aplicables a sus destinatarios;
    • Utilizar aditivos y aromatizantes permitidos por la legislación alimentaria de la UE;
    • cumplir con los límites de contaminación de alimentos, residuos de plaguicidas y metales pesados ​​exigidos por las regulaciones de la UE,
    • Realizar un seguimiento general de la contaminación microbiológica y fisicoquímica, así como de la pureza microbiológica.
  2. El Proveedor es el único responsable de que los Bienes entregados sean de buena calidad, cumplan con el Pedido, los documentos adjuntos y cualquier muestra, si se han entregado previamente, y con las regulaciones pertinentes de la UE y Polonia, incluida la Ley de 12 de diciembre de 2003 sobre seguridad general de los productos (Diario Oficial 2003.229.2275) o la Directiva 2001/95/CE de la UE sobre seguridad general de los productos (Directiva General de Seguridad de los Productos - GPSD).
  3. A petición, en casos de retirada y restricciones de los Bienes del mercado o necesidad de aclarar otros asuntos relacionados con los Bienes, el Proveedor proporcionará a la Parte Compradora toda la información relativa a la identificación de los Bienes en un plazo de 24 (veinticuatro) horas, suponiendo una identificación del 100% y de conformidad con las regulaciones de la UE vigentes en la fecha de retirada en lo que respecta al seguimiento de los bienes (trazabilidad).
  4. El Proveedor deberá probar todos los Productos una vez finalizada su fabricación y proporcionar al Cliente informes de calidad de cada entrega y, a petición del Comprador, muestras.
  5. La Parte Compradora está autorizada a realizar, a su cargo, en cualquier momento, las siguientes inspecciones de los Bienes:
    • Inspección en línea del producto (IPI) después de completar entre el 20% y el 60% de los productos pedidos, ya que el control físico del producto está sujeto a un control AQL.
    • Inspección previa al envío (PSI) después de completar el 80-100% de los bienes pedidos sometidos a un control AQL o elegir la inspección de los bienes en un laboratorio acreditado antes del envío para confirmar que los bienes cumplen con la Orden de Compra.
    • La Supervisión de Carga de Contenedores (CLS, por sus siglas en inglés) verifica si las mercancías están preparadas para el envío marítimo, comprueba toda la documentación necesaria antes del envío y si el contenedor está sellado correctamente.
  6. El comprador anunciará cualquier inspección con al menos una semana de antelación, salvo en situaciones relacionadas con la tramitación de reclamaciones relativas a la amenaza para la vida y la salud de los consumidores y/o la retirada de los productos del mercado, en cuyo caso la auditoría podrá realizarse inmediatamente después de tener conocimiento del incumplimiento.
  7. Si la calidad de los Bienes no cumple con los estándares de calidad aquí estipulados debido a fallas del Proveedor, la Parte Compradora podrá, a su discreción, cancelar el Pedido y devolver la entrega al Proveedor a cargo del Proveedor o exigir un descuento del [20]% del valor total de los Bienes defectuosos.

IV. FECHAS DE SUMINISTRO

  1. Las fechas de entrega se especifican en el pedido y corresponden a la fecha de entrega de la mercancía en el lugar indicado en el mismo. Estos plazos deben cumplirse estrictamente.
  2. En caso de que exista una amenaza de incumplimiento en la fecha de entrega, el Proveedor está obligado a comunicar por escrito o por correo electrónico el período de retraso previsto y los motivos del mismo. La falta de la información previa mencionada anteriormente, o la presentación de información que indique que la entrega no puede realizarse a tiempo o que la fecha de finalización está en riesgo, podrá ser motivo para que el Cliente rescinda el pedido, con las consecuencias previstas en el punto 4.11 de las Condiciones Generales de Venta.
  3. Las entregas parciales requieren el consentimiento del Comprador. El Comprador determina su calendario (fecha y cantidad de cada entrega). En el caso de entregas parciales, la fecha de cumplimiento del Contrato será la fecha de la última entrega parcial.
  4. En caso de entregas parciales, la demora del Proveedor en la ejecución de las siguientes entregas faculta al Comprador a retener el pago de las entregas ya realizadas hasta que se hayan efectuado todas las entregas previstas. En este caso, el Comprador no incurrirá en mora en el pago.
  5. El retraso en la ejecución de la entrega en su totalidad conlleva los siguientes descuentos sobre el valor total del pedido en la factura, incluso si parte de su ejecución se completa a tiempo:
    • 1 semana – 5% de descuento
    • 2 semanas – 10% de descuento
    • 3 semanas – 15% o cancelación del pedido por parte del comprador.
  6. Salvo acuerdo en contrario entre las Partes en un caso específico, el Proveedor entregará los Bienes con una fecha de consumo preferente no inferior al 95 % de la vida útil máxima prevista para cada Bienes (fecha de caducidad o fecha de durabilidad mínima). En caso de que la vida útil de los Bienes entregados se vea reducida, el Proveedor indemnizará al Comprador por las pérdidas ocasionadas.
  7. El comprador podrá rechazar la entrega si:
    • La especificación o cualquiera de los documentos requeridos enumerados en el GTCP no se han adjuntado al mismo;
    • La entrega no cumple con los requisitos de embalaje establecidos en las GTCP;
    • Los productos no cumplen con los requisitos de calidad establecidos en las GTCP;
    • La entrega es parcial, incompleta o una parte sustancial de la mercancía está dañada o defectuosa.
  8. Una entrega rechazada se considera fallida y sus costes no se cargarán al comprador.
  9. El proveedor es responsable de los daños resultantes de cualquier retraso, pérdida o daño causado, entre otros, por un etiquetado, embalaje o identificación de envío inadecuados.
  10. Se considerará que la entrega de la mercancía solicitada se ha efectuado en el momento en que el comprador reciba, sin defectos y debidamente documentado, el artículo entregado en el lugar indicado en el pedido.
  11. El Proveedor deberá pagar a la Parte Compradora las penalizaciones contractuales:
    • por desistimiento de la ejecución del pedido por parte del Cliente por razones atribuibles al Proveedor o por desistimiento de la ejecución del pedido por parte del Proveedor por razones ajenas al control del Cliente – por un importe del 10% del valor bruto del objeto del pedido;
    • independientemente de los descuentos especificados en el punto 5.11. GTCP, por exceder la fecha de entrega en un monto del 0.1% del valor bruto del pedido por cada día de retraso;
    • por retraso en la eliminación de defectos encontrados al recibir el objeto del pedido o durante el período de garantía por defectos por un importe del 0.5% del valor bruto del pedido en virtud del cual se entregaron los bienes defectuosos, por cada día de retraso, contado a partir del vencimiento del plazo fijado por la Parte Compradora para la eliminación de defectos.
  12. La parte compradora podrá deducir las penalizaciones acumuladas de la remuneración del proveedor.
  13. En caso de retraso del Proveedor en la ejecución del objeto del pedido o incumplimiento por parte del Proveedor de la obligación especificada en el punto 4.2 de las Condiciones Generales de Contratación, la Parte Compradora podrá, sin esperar el derecho a cobrar una penalización contractual y una compensación adicional, ejercer uno o más de los siguientes derechos:
    • solicitar la ejecución del pedido en su totalidad o en parte;
    • realizar una compra a otro proveedor por cuenta y riesgo del proveedor;
    • Puede desistir del pedido por causas imputables al Proveedor sin necesidad de fijar un plazo adicional, mediante notificación escrita o por correo electrónico al Proveedor. La notificación por correo electrónico será efectiva en el momento de su envío al Proveedor.
  14. El Cliente se reserva el derecho de rescindir total o parcialmente el pedido si este no se ha completado dentro del plazo estipulado, sin necesidad de fijar un nuevo plazo ni de abonar indemnización alguna. Asimismo, el Cliente se reserva el derecho de reclamar al Proveedor una indemnización por daños y perjuicios por el incumplimiento del pedido, de conformidad con el Código Civil polaco, y el reembolso de los gastos derivados de la prestación del servicio subrogado.

V. NOTIFICACIONES DE SUMINISTRO

  1. Se considerará que la entrega se ha efectuado cuando la mercancía se entregue en el almacén del Comprador Central, Pro Logis Park Hala DC4, Kopytów 44d en Błonie y en el almacén de producción en Czosnów (Pieńków 147) durante el horario de apertura de los almacenes, es decir, en el caso del almacén central de 6:00 a 17:00, a menos que las partes acuerden lo contrario, y en el almacén de Czosnów de 06:00 a 14:00.
  2. El comprador permite la posibilidad de aceptar la entrega o la carga fuera del horario de apertura de los almacenes si así se ha acordado previamente entre las partes.
  3. En el momento de la entrega, el riesgo de pérdida, destrucción o daño de la mercancía se transfiere al comprador.
  4. El proveedor deberá notificar cada entrega al almacén del comprador con una antelación mínima de dos días hábiles a la fecha prevista de entrega o carga. Las notificaciones deberán enviarse a las direcciones warehouse@decare.pl, transport@decare.pl y logistyka@decare.pl, y dirigirse a la persona que realiza la compra en nombre del comprador. La notificación se considerará válida únicamente si se envía por correo electrónico.
  5. La notificación de entrega requiere confirmación previa por parte del comprador. Esta confirmación implica proporcionar al proveedor información sobre la fecha y hora de llegada para la descarga, así como el número de notificación. La confirmación de la notificación de entrega se enviará por correo electrónico al proveedor en un plazo de un día hábil a partir de la fecha de recepción de la notificación.
  6. La notificación de entrega deberá contener la siguiente información en polaco y/o inglés:
    • Datos del proveedor (nombre, dirección, teléfono, correo electrónico) (relacionados con la entrega y la carga);
    • Número de vehículo/remolque
    • Número de lote
    • Cantidad de productos expresada en una unidad (piezas, kg)
    • Número y tipo de unidades de transporte (Big Bag, palé)
  7. La falta de notificación de entrega y carga, o de confirmación de la misma en la forma especificada anteriormente, justifica la negativa a aceptar la entrega y descarga de la mercancía, o la carga de la misma. En tal caso, tras la llegada del transporte del proveedor, DeCare fijará unilateralmente una nueva fecha y hora para la descarga.

VI. CONDICIONES DE SUMINISTRO

  1. El transportista del proveedor está obligado a presentarse en la recepción del almacén 20 minutos antes de la hora programada para la notificación de entrega. En caso de no presentarse a la hora acordada o de no presentar la documentación o el número de notificación, se rechazará el suministro, salvo en los casos justificados previamente por el proveedor y con la aprobación del departamento de logística.
  2. El proveedor está obligado a proporcionar los siguientes documentos:
    • conocimiento de embarque (por ejemplo, conocimiento de embarque, lista de empaque, confirmación de salida de existencias, nota de entrega, etc.),
    • Factura comercial,
    • documentos que confirman que el producto (mercancías) es seguro y cumple con los requisitos de calidad sanitaria, que permiten la identificación del lote de mercancías [Certificado de calidad, Certificado fitosanitario, Certificado orgánico, EUR 1, etc.] incluidos los documentos que acompañan al suministro:
    • Documento de confirmación de emisión de existencias identificable / NOTA DE ENTREGA / LISTA DE EMPAQUE: debe contener una anotación sobre el número de pedido emitido por De Care Group Sp. z o. o. i Wspólnicy Spółka Komandytowo – Akcyjna – ZZ y contener:
      • nombre, dirección del proveedor (o fabricante o distribuidor),
      • conexión con el número de pedido de DeCare (en este caso, el número ZZ),
      • Número de símbolo interno de DeCare, nombre, cantidad dividida en lotes de mercancías,
      • toda la información relativa al cumplimiento de los requisitos de calidad, así como una descripción de los incumplimientos,
      • información sobre la fecha de caducidad/método de almacenamiento,
      • firma del representante autorizado del proveedor,
    • Los documentos relativos a la calidad de los Bienes y su embalaje, salvo que las Partes acuerden expresamente lo contrario, son:
      • Declaración de cumplimiento de la orden,
      • Certificado,
      • certificado de aceptación,
      • una especificación escrita del embalaje utilizado, que indique que todos los materiales utilizados están aprobados para el contacto con alimentos,
      • declaración de conformidad para envases fabricados con plásticos aprobados para el contacto con alimentos o declaración de conformidad para otros materiales (excepto plástico) aprobados para el contacto con alimentos,
      • Descripción del sistema de control de peso,
      • Diagrama del proceso de producción con puntos de control y puntos de control críticos,
      • informes analíticos que confirmen el cumplimiento de los parámetros microbiológicos, fisicoquímicos y nutricionales enumerados en la especificación,
      • copias de los certificados requeridos, como IFS/BRC/ISO/PASS/AIB, si corresponde,
      • copias de cualquier otra declaración, por ejemplo Halal, kosher, sin gluten, sin OMG, etc., si corresponde,
      • Certificados de calidad que identifiquen el/los bien(es) entregado(s) y que contengan al menos la siguiente información: fecha de caducidad, pruebas de laboratorio realizadas o una declaración que confirme que los bienes cumplen con los requisitos legales: niveles de pesticidas, micotoxinas, metales pesados, microorganismos,
      • Certificado fitosanitario,
      • otro documento que confirme la calidad de los bienes entregados, que contenga:
        • nombre y dirección del proveedor (o fabricante o distribuidor),
        • conexión con el número de pedido de la Parte Compradora (en este caso, número ZZ),
        • Número de símbolo interno de la Parte Compradora, nombre y cantidad divididos en lotes de Mercancías,
        • toda la información relativa al cumplimiento de los requisitos de calidad, así como una descripción de las no conformidades,
        • información sobre la fecha de caducidad y el método de almacenamiento,
        • declaración de cumplimiento de los requisitos de la orden,
        • firma de un representante autorizado del Proveedor, Oficina,

3. El Proveedor también se compromete a proporcionar otros documentos necesarios para la comercialización, el uso comercial y el almacenamiento de estos Bienes para el propósito previsto.

4. El Proveedor está obligado a marcar los Productos con una etiqueta logística y etiquetas de unidad que contengan como mínimo los datos del fabricante, fecha de producción, fecha de caducidad, número de lote, descripción del producto, país de origen, contenido neto, declaración de alérgenos, composición y método de almacenamiento.

5. Los productos entregados tendrán marcas de identificación (etiquetas recomendadas según la norma GS1), números de lote u otras marcas de serie que sigan los documentos de suministro adjuntos, lo que permitirá una fácil identificación.

6. El Proveedor garantiza que todos los bienes objeto del Suministro se han fabricado de conformidad con las normativas y estándares aplicables y que cuenta con todas las autorizaciones, permisos y certificados necesarios para su comercialización y uso conforme a la finalidad prevista. A solicitud del Comprador, el Proveedor presentará las autorizaciones, permisos, certificados u otros documentos requeridos que acrediten el correcto cumplimiento de las obligaciones anteriores, en una copia certificada por el Proveedor como copia fiel.

7. Las mercancías deben entregarse en un embalaje adecuado para el tipo de mercancía (embalaje colectivo, doypack, big bag) en un transportista certificado, es decir:

    • * Palet EURO 800 x 1200,
    • *Palet industrial 1000 x 1200
    • *Paleta americana 1000 x 1200
    • *Palets CHEP (800 x 1200, 1000 x 1200)
    • garantizando su descarga y almacenamiento seguros y sin daños.

8. La altura de los palets debe ser como máximo de 170 cm (a menos que las partes hayan acordado que el valor requerido solo podrá ser superado en casos justificados después de consultar con el gerente de logística y operaciones o el jefe del departamento de calidad).

9. No se permitirá lo siguiente:

    • entregar mercancías sin un transportista (palet) – excepto mercancías en contenedores acordados,
    • entrega de mercancías en transportistas dañados,
    • apilando grandes bolsas en un semirremolque del coche,

10. Entrega de mercancías con un peso unitario superior a 1100 kg. Los palets desechables no se pueden cambiar en el momento de la entrega o la carga.

VII. REQUISITOS DE SEGURIDAD

  1. El proveedor/transportista está obligado a cumplir con las recomendaciones de los empleados del almacén en cuanto a los procedimientos y la seguridad de la descarga, por ejemplo, el uso de un chaleco reflectante y cuñas durante las operaciones de carga/descarga.
  2. El incumplimiento de las recomendaciones de los empleados del almacén en materia de procedimientos y seguridad puede conllevar la negativa a aceptar la entrega.
  3. El Proveedor se compromete a utilizar todos los medios disponibles para asegurar la mercancía (cintas de transporte, alfombrillas antideslizantes, topes) para garantizar la descarga segura de la misma.
  4. El Proveedor deberá proporcionar las condiciones de transporte adecuadas en función de los requisitos y categorías de los Bienes entregados, es decir,
    • garantizar el estado técnico adecuado del vehículo: estanqueidad del semirremolque, ausencia de daños en el piso del vehículo que impidan la descarga segura de la mercancía,
    • Proporcionará transporte a temperatura controlada (si es necesario), garantizando las condiciones adecuadas dentro del semirremolque (cumpliendo con los requisitos sanitarios e higiénicos para el transporte de alimentos): sin olores extraños, polvo excesivo, humedad no deseada, moho o presencia de plagas.
  5. Todos los costes derivados del incumplimiento de los procedimientos del Cliente correrán a cargo del Proveedor y, al mismo tiempo, constituirán la base para denegar la descarga.

VIII. GARANTÍA

  1. El proveedor garantiza que los bienes entregados cumplirán con las especificaciones, serán de buena calidad y estarán libres de defectos.
  2. La formalización del pedido implica que el Proveedor otorga una garantía sobre los bienes entregados durante su vida útil o su durabilidad mínima, y, si no se ha especificado, durante un año a partir de la entrega. La responsabilidad derivada de la garantía se rige por lo dispuesto en el Código Civil polaco. Las Partes excluyen expresamente la aplicación del artículo 563 del Código Civil polaco en sus relaciones mutuas.
  3. Los bienes entregados al comprador están sujetos a la verificación de su conformidad con el pedido y la documentación de entrega. Se entenderá por "no conformidad" de la entrega cualquier discrepancia cualitativa o cuantitativa entre los bienes entregados y las disposiciones legales y las garantías del proveedor.
  4. Si la mercancía entregada presenta defectos evidentes (visibles en el momento de la entrega, por ejemplo, daños o suciedad en el embalaje), o si la cantidad, el tipo o la calidad de la mercancía, que pueden determinarse organolépticamente, no coinciden con los documentos de transporte/pedido, el comprador, a su discreción, podrá: anotar dichas discrepancias en los documentos de transporte (mediante un informe de discrepancias) o rechazar la recepción de la mercancía en el almacén. En caso de rechazo de la mercancía debido a las discrepancias mencionadas, el proveedor correrá con todos los gastos de devolución.
  5. Cualquier defecto físico de los Bienes que no pueda detectarse organolépticamente al momento de la entrega podrá ser notificado por el Comprador hasta la fecha de vencimiento de los Bienes o su vida útil mínima, y ​​si el Proveedor no indica dicha fecha, dentro del plazo de un año a partir de la entrega. En tal caso, el Proveedor está obligado a proporcionar una respuesta inmediata, a más tardar en un plazo de 2 días hábiles a partir de la fecha de notificación, con propuestas de medidas correctivas (sustitución, devolución o entrega). La decisión final sobre las acciones propuestas corresponde al Comprador, quien deberá notificar al Proveedor su decisión en un plazo de 2 días hábiles. Las Partes acordarán la fecha límite para que el Proveedor cumpla con las reclamaciones mencionadas, la cual no podrá exceder de 3 días hábiles a partir de la notificación.
  6. En ausencia de las disposiciones a que se refieren los puntos 8.4 y 8.5 anteriores, el Proveedor subsanará cualquier defecto detectado al recibir la mercancía y durante el período de garantía dentro del plazo establecido por el Comprador. El Comprador se reserva el derecho de devolver la mercancía defectuosa a cargo del Proveedor o de solicitar su sustitución por una nueva. El Proveedor adoptará todas las medidas necesarias para garantizar la sustitución de la mercancía defectuosa con la debida diligencia y a su cargo. Si el Proveedor no subsana el defecto notificado dentro del plazo establecido, el Comprador podrá subsanarlo en su lugar y a cargo del Proveedor. Lo anterior no afectará a los derechos del Comprador en materia de penalizaciones contractuales, indemnizaciones adicionales y suspensión del pago de las facturas del Proveedor, ni eximirá al Proveedor de su responsabilidad en virtud de la garantía.
  7. En caso de controversia sobre la calidad de los Bienes, las Partes reconocerán los resultados de los ensayos realizados por laboratorios acreditados por el Centro Polaco de Acreditación. Si los resultados de los ensayos solicitados por el Proveedor y el Cliente difieren, el Proveedor podrá tomar muestras de los Bienes en la sede del Cliente y solicitar ensayos adicionales. Si se confirman los defectos, el Proveedor los sustituirá por otros libres de defectos en un plazo de 7 días hábiles a partir de la recepción de los resultados de los ensayos. Los gastos de la revisión y sustitución correrán íntegramente a cargo del Proveedor.

IX. PRECIO

Los precios indicados en el pedido son fijos y no están sujetos a cambios e incluyen

  1. embalaje adecuado de los productos y del palé: embalaje conforme a las normas de la UE para productos alimenticios (separador, palé, etc.),
  2. protección ordinaria de las mercancías durante el transporte;
  3. Los gastos de transporte de la mercancía hasta el lugar de entrega correrán a cargo del proveedor, salvo que se acuerde lo contrario en el momento de establecer las condiciones de entrega;
  4. costos de carga, transporte, tarifas de seguro o impuestos distintos del IVA.

X. PAGO

  1. Siempre que la mercancía entregada y la factura cumplan con las especificaciones y cláusulas del pedido, el comprador deberá efectuar el pago mediante transferencia bancaria a la cuenta del proveedor indicada en la factura, dentro del plazo establecido en el pedido. La fecha de pago será la fecha en que se realice el cargo en la cuenta bancaria del comprador.
  2. El cambio de número de cuenta bancaria del Proveedor requiere notificación por correo certificado con acuse de recibo, servicio de mensajería, correo certificado o carta entregada personalmente al Cliente con acuse de recibo. El Cliente no será responsable de los retrasos en el pago ocasionados por la falta de información sobre la nueva cuenta bancaria en la forma descrita en la frase anterior. El Cliente no será responsable del pago a una cuenta bancaria incorrecta o desactualizada si esta era la indicada en el contrato o en la factura y el Proveedor no informó del cambio de cuenta en la forma antes mencionada; el pago a la cuenta indicada en el contrato o en la factura extingue la responsabilidad del Cliente por el pago.
  3. La demora del comprador en el pago del precio faculta al proveedor a reclamarle únicamente los intereses legales por demora en las transacciones comerciales.
  4. En caso de entregas parciales de la mercancía, los pagos se realizarán mensualmente (una consulta por la mercancía entregada en un mes determinado).
  5. El comprador acepta que las facturas del proveedor por los bienes se emitan en formato electrónico. El proveedor enviará las facturas electrónicas desde direcciones de correo electrónico pertenecientes a su propio dominio.
  6. Si el Proveedor no entrega los documentos a que se refieren los puntos 5.7 y 5.8 de las Condiciones Generales de Venta junto con los Bienes, la fecha de pago del precio de venta se contará a partir de la fecha de entrega del último de estos documentos a la Parte Compradora.
  7. Si, al momento de su aceptación, la mercancía entregada resulta estar dañada, incompleta o defectuosa, la fecha de pago del precio de venta se contará a partir de la fecha de sustitución de la mercancía por una que esté libre de defectos.

XI. SOSTENIBILIDAD

  1. En relación con la ejecución de la Orden de Compra, el Proveedor se compromete a gestionar sus actividades de conformidad con los principios y valores de las buenas prácticas comerciales, la sostenibilidad y el comercio justo, y se compromete a:
    • No utilizar ni apoyar el uso de trabajo infantil ni trabajo forzoso;
    • garantizar la igualdad de oportunidades, la libertad de asociación y la promoción del desarrollo de todos;
    • oponerse al uso del castigo corporal, la coacción mental o física o el abuso verbal;
    • cumplir con las leyes aplicables y los estándares de la industria en materia de horarios de trabajo y garantizar que los salarios sean suficientes para cubrir las necesidades básicas del personal;
    • establecer y mantener procedimientos adecuados para evaluar y seleccionar proveedores y subcontratistas en función de su compromiso con la responsabilidad social y ambiental;
    • – no tolerar la corrupción de ninguna forma ni manera en ninguna jurisdicción, incluso si tales actividades están permitidas, toleradas o no son objeto de enjuiciamiento;
    • evaluar y reducir el impacto ambiental de sus bienes y servicios a lo largo de todo su ciclo de vida;
    • utilizar los recursos materiales de forma responsable para lograr un crecimiento sostenible que respete el medio ambiente y los derechos de las generaciones futuras;
    • para garantizar que todos los subcontratistas y proveedores cumplan con la misma conducta establecida anteriormente y para supervisar periódicamente el cumplimiento de dichas obligaciones.
  2. El Proveedor reconoce que el Comprador tiene derecho, en cualquier momento, a verificar, ya sea directamente o a través de terceros, el cumplimiento por su parte de las obligaciones aquí contraídas.

XII. CONFIDENCIALIDAD

  1. Toda la información que el Proveedor obtenga en relación con la ejecución del pedido, incluyendo en particular la información organizativa, comercial y técnica relativa al Cliente que no sea de dominio público, será considerada confidencial por las Partes y, como tal, no se divulgará a terceros. Esta obligación no se aplica en los casos en que la obligación de proporcionar información derive de disposiciones legales imperativas.
  2. En particular, el Proveedor se compromete a tratar como confidencial la información relativa al volumen de comercio, precios aplicados, descuentos, especificaciones del producto, acuerdos logísticos y datos tecnológicos, bajo pena de que el Cliente pueda rescindir el pedido por causas imputables al Proveedor.
  3. El Proveedor declara que no utilizará la información confidencial para fines distintos a la ejecución del pedido y que le brindará la protección adecuada, acorde con su carácter confidencial. La obligación de mantener la confidencialidad de la información se mantiene vigente tras la finalización del pedido y solo podrá ser renunciada mediante consentimiento por escrito del Cliente, bajo pena de nulidad.

XIII. DISPUTAS

  1. Cualquier controversia relativa a los derechos de propiedad que pueda surgir en relación con la celebración, ejecución o rescisión de los acuerdos de conformidad con las Condiciones Generales de Venta se resolverá ante el Tribunal de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Cracovia, de conformidad con las normas de dicho tribunal.
  2. El Tribunal de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Cracovia también es competente para resolver controversias relativas a la validez o eficacia de los acuerdos y para resolver controversias relativas a la validez o eficacia de esta cláusula de arbitraje.
  3. El Tribunal de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Cracovia resolverá los casos a que se refieren los puntos 12.1 y 12.2 con base en el derecho sustantivo vigente en Polonia.
  4. El Tribunal de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Cracovia dirimirá la controversia mediante un panel de un árbitro.

 

XIV. DISPOSICIONES FINALES

  1. En caso de ampliar el alcance del pedido, el Proveedor entregará los bienes adicionales en las condiciones comerciales aplicables a la ejecución de un pedido determinado (precios unitarios, descuentos).
  2. El Proveedor indemnizará al Comprador frente a cualquier responsabilidad derivada de reclamaciones de terceros relacionadas con los bienes, piezas y materiales suministrados en virtud de una patente, licencia o diseño registrado. En caso de que se inicien procedimientos judiciales relacionados con dichas reclamaciones, el Proveedor se hará cargo de la defensa directa del Comprador.
  3. Sin el consentimiento previo por escrito del Cliente, el Proveedor no tendrá derecho a transferir a otra persona ni a gravar los derechos derivados de la ejecución del pedido.
  4. Las Condiciones Generales de Venta (CGVV) forman parte integrante del pedido realizado al Proveedor por el Cliente. En caso de contradicciones o discrepancias, prevalecerá el contenido del pedido. Las CGVV excluyen la aplicación de cualesquiera otras condiciones generales de venta del Proveedor. Las desviaciones de las CGVV requieren el consentimiento por escrito del Cliente, otorgado por una persona expresamente autorizada. La aplicación del Art. 3854 Se excluye el artículo 1 del Código Civil polaco.